Publicidad en fachadas

Seguro que muchos de vosotros os habréis fijado en ello: aunque la mayoría de veces lo tengamos ya integrado y no le paremos demasiada atención, hay muchas fachadas en nuestra ciudad que llevan publicad integrada. ¿Qué hay que saber sobre este tipo de publicidad?

La publicidad en las fachadas, todo un negocio

Tal como nos cuenta este artículo, uno de los requisitos indispensables es que haya un acuerdo entre vecinos. No se podrá poner publicidad si como mínimo tres quintas partes no están de acuerdo con ello. Además, no basta con ello, ya que será indispensable que el propietario del inmueble esté también de acuerdo. De nada sirve que el 100% de una comunidad lo desee si luego el propietario no está interesado en ello.

También es importante saber que los beneficios de tener esta publicidad tienen que ser declarados y sometidos a su correspondiente tributación. Esto es solo un pequeño detalle a tener en cuenta, menor si tenemos en cuenta los beneficios que pueden sacarse del efecto publicitario. Debemos pensar que a toda comunidad de vecinos le va bien un pequeño impulso económico, ya sea para reformar la escalera o para poner un nuevo ascensor.

Si vuestra comunidad decide poner publicidad, hay que tener en cuenta que se deberá hacer cada año una declaración informativa para dar a conocer los ingresos (a no ser que sea una comunidad de propietarios o de bienes que obtenga los ingresos a través de los alquileres: en estos casos si los ingresos no superan los 3.000 euros al año no hará falta presentar dicho informe). En caso de duda, no dejéis nunca de preguntar a un experto en estos temas para que os diga que es lo que tenéis que declarar.

Beneficios para las empresas

Hemos hablado de los propietarios o arrendatarios del inmueble… ¿pero qué pasa con las empresas? Existen muchas razones por las cuales una empresa quiere apostar por este tipo de publicidad, pero la principal es la visibilidad que ello otorga.

Hay casos ejemplares que se han convertido ya en iconos urbanos, como Tío Pepe en Madrid. De hecho son unos casos un poco especiales, ya que hace algunos años entró en vigor una ordenanza municipal para regular este tipo de publicidad tan impactante. Pensad que en algunos casos se trata de anuncios que tienen mucha luz y/o movimiento, que por tanto se aleja bastante del monoposte habitual.

Sea como sea, este tipo de publicidad es muy habitual y no deja de ser un “win win” para ambas partes: a unos les ofrece una gran visibilidad y a otros unos ingresos extras que nunca vienen mal.

Como consejo, si sois una empresa y decidís optar por esta vía, lo primero que deberéis hacer es informaros a nivel local que restricciones existen y que tipo de publicidad se permite. Una vez hecho este paso, buscad la manera de sorprender y que se queden con vuestra imagen, ya que así conseguiréis el impacto deseado y la manera de poder llegar a cuanta más gente mejor.

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